miércoles, 13 de agosto de 2025

La Naturopatía: Una Profesión Autónoma y Autorregulada

La Naturopatía en España se posiciona como una disciplina consolidada con una larga trayectoria, que ha forjado su propio camino de profesionalización y ordenación. Es fundamental comprender que, en el actual marco normativo español, la Naturopatía no está contemplada como una Profesión Sanitaria, y por ende, los Profesionales Naturópatas no se encuentran bajo el ámbito de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS). Esta distinción conlleva implicaciones significativas para su ejercicio y desarrollo.

La Naturopatía y la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS)

La Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, establece el marco para las profesiones sanitarias tituladas en España. Sus objetivos y ámbito de aplicación, detallados en el Artículo 1, se centran en regular aspectos básicos del ejercicio profesional, la formación y el desarrollo de aquellos que se dedican a la "atención de salud" y que están organizados en colegios profesionales oficialmente reconocidos.

El Artículo 2 de la LOPS especifica qué se considera y cuáles son las profesiones sanitarias tituladas, estructurándolas en diferentes niveles:

  • Nivel Licenciado: Incluye profesiones como Medicina, Farmacia, Odontología y Veterinaria, así como sus especialidades oficiales en Ciencias de la Salud.

  • Nivel Diplomado: Abarca profesiones como Enfermería, Fisioterapia, Terapia Ocupacional, Podología, Óptica y Optometría, Logopedia y Nutrición Humana y Dietética, y sus especialidades.

  • Además, se consideran profesiones sanitarias la de protésico dental e higienista dental, conforme a la Ley 10/1986.

  • El Artículo 3 extiende esta consideración a los profesionales del área sanitaria de formación profesional, tanto de grado superior (como Técnico Superior en Dietética, en Laboratorio de Diagnóstico Clínico, etc.) como de grado medio (Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería, en Farmacia).

Como se puede observar y deducir de esta clasificación, la profesión de Naturopatía no está considerada Profesión Sanitaria en ninguno de los niveles que establece la LOPS.

El Real Decreto 1277/2003 y la Ausencia de la Naturopatía

El Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, establece las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Su finalidad es regular los procedimientos de autorización, clasificar y definir los centros, servicios y establecimientos sanitarios, y crear un registro y catálogo de los mismos. La introducción de este Real Decreto aclara que "No es propósito de este real decreto ordenar las profesiones sanitarias, ni limitar las actividades de los profesionales, sino sentar las bases para las garantías de seguridad y calidad de la atención sanitaria".

Es relevante destacar que en este Real Decreto tampoco aparece el Servicio Profesional de Naturopatía como una prestación sanitaria. La mención a la U.101, "Terapias no convencionales", se refiere a una "unidad asistencial en la que un médico es responsable de realizar tratamientos de las enfermedades por medios de medicina naturista o con medicamentos homeopáticos o mediante técnicas de estimulación periférica con agujas u otros que demuestren su eficacia y su seguridad".

Es crucial señalar que:

  1. El concepto de "terapias no convencionales" es un constructo social sin categorización profesional ni jurídica propia. La denominación "no convencional" no corresponde a ninguna profesión ni entidad jurídicamente establecida.

  2. La Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias, en su Disposición adicional segunda, establece una reserva de denominaciones, indicando que solo se pueden utilizar los títulos y denominaciones reconocidas oficialmente, y prohíbe el uso de otras que puedan inducir a confusión.

  3. El Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, que determina y clasifica las especialidades en Ciencias de la Salud, tampoco recoge las denominadas "terapias no convencionales" en su nomenclatura clasificatoria.

Por lo tanto, la Naturopatía opera fuera de estas clasificaciones y regulaciones específicas del ámbito sanitario.

La Autorregulación y Ordenación de la Profesión Naturopática por OCNFENACO

Desde el comienzo de la profesionalización de la Naturopatía en España en el año 1984, y al margen de las reivindicaciones propias de la Profesión Naturopática (cuyo ejercicio profesional data en España desde 1922), la Organización Colegial Naturopática OCNFENACO ha venido desarrollando un exhaustivo sistema de autorregulación y ordenación de la actividad profesional.

Este proceso de autorregulación tiene como objetivo principal garantizar a la ciudadanía un Servicio Profesional de Naturopatía de calidad, eficacia, excelencia y seguridad para los usuarios. A la vez, busca normalizar tanto la formación académica como la práctica profesional de la Naturopatía, siguiendo los estándares internacionales y siempre ajustada a derecho.

Entre los elementos clave de este sistema de autorregulación se encuentran:

  • Estatuto General de la Naturopatía: Marco fundamental que rige la profesión.

  • Código Deontológico de la Profesión Naturopática: Establece los principios éticos y morales que deben guiar la conducta de los profesionales.

  • Código de Autorregulación Publicitaria: Asegura que la comunicación y promoción de los servicios se realice de manera responsable y veraz.

  • Manual de Buenas Prácticas Naturopáticas: Guía para el ejercicio profesional que promueve la calidad y la seguridad.

  • Plan de Ordenación del Sistema Educativo de la Naturopatía: Busca estandarizar y elevar la calidad de la formación.

  • Red de Centros Homologados: Garantiza que los establecimientos cumplan con ciertos estándares de calidad.

  • Cuerpo del Profesorado de Naturopatía: Asegura la cualificación de quienes imparten la formación.

  • Cuerpo de Peritos Naturópatas: Contribuye a la resolución de conflictos y a la evaluación experta.

  • Diccionario Panhispánico de Naturopatía: Herramienta para unificar la terminología y conceptos de la disciplina.

  • Y otros instrumentos que contribuyen a la cohesión y el rigor de la profesión.

Conclusión

La Naturopatía en España, a pesar de no estar reconocida como profesión sanitaria bajo la LOPS ni como servicio sanitario en el RD 1277/2003, ha logrado un reconocimiento fiscal a través de los epígrafes del IAE desde 1990. Más allá de este reconocimiento tributario, la Organización Colegial Naturopática OCNFENACO ha asumido la responsabilidad de ordenar y regular la profesión de manera autónoma.

Este esfuerzo de autorregulación, que abarca desde la ética profesional hasta la formación y la práctica, demuestra un firme compromiso con la calidad y la seguridad de los servicios ofrecidos. La Naturopatía, con su enfoque en el bienestar y la promoción de un estilo de vida saludable, continúa su desarrollo en España, garantizando un servicio profesional de excelencia para todos sus usuarios.

No hay comentarios:

Publicar un comentario