Ética Naturopática como conjunto de valores y normas que definen la buena práctica profesional del Naturópata. En este nivel se sitúa el moderno profesionalismo Naturopático, que abarca la ética del profesional y la deontología.
Entre la ética personal y el derecho hay que situar la ética profesional y la deontología, que, siguiendo la terminología kantiana, se vinculan, respectivamente, a la autonomía y a la heteronomía. El profesionalismo Naturopático, entendido como un conjunto de principios éticos y deontológicos, valores y conductas que sustentan el compromiso de los profesionales de la Naturopatía con el servicio a la sociedad, a la que se debe, que evolucionan con los cambios sociales; y que en esta linea argumental la Organización Colegial Naturopática tiene un cuerpo doctrinario definido que obtiene su auténtica fuerza cuando se configura como una adhesión personal y un compromiso más inclinado a la autonomía moral que a la heteronomía de un código obligatorio, y es evidente que la adhesión al Código Deontológico de la Profesión Naturopática es exclusivo para los Profesionales Naturópatas Colegiados.
A pesar de todo, conviene observar que en el Código Deontológico de la Profesión Naturopática CDPN español no todo son preceptos impositivos. Aquí diferenciamos tres bloques del articulado
a) Un bloque de artículos tienen un carácter pedagógico y dan recomendaciones para la formación en la calidad moral del profesional Naturópata
b) Otro bloque de articulos son más imperativos y exigibles, pudiendo ser objeto de sanción disciplinaria por parte de la Organización Colegial Naturopática
c) Y un bloque de artículos que tienen un doble carácter legal y deontológico a la vez: son la versión en lenguaje deontológico de un precepto legal, obligando entonces por un doble motivo.
El Profesional Naturopática Colegiado es miembro de una sociedad y de un gremio profesional, por lo tanto debe actuar de acuerdo a las normas estipuladas en el Código Deontológico de la Profesión Naturopática y la legislación vigente.
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