viernes, 20 de julio de 2018

ATA y UPTA alcanzan un acuerdo sobre la cotización en función de los ingresos reales

Después de las conversaciones mantenidas a la largo de estas semanas ATA y UPTA han alcanzado una acuerdo para que las modificaciones que se deban introducir en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA) permitan que este sistema sea más justo, contributivo y solidario.

La prioridad para conseguir este objetivo será la recuperación del Diálogo Institucional entre los autónomos, a través de las organizaciones más representativas, y el Ministerio de Trabajo, para poder resolver los cambios necesarios de forma consensuada.

La propuesta asienta los pilares fundamentales para la cotización en función de los ingresos reales del colectivo, a través de un sistema de tramos que beneficia de manera particular a las cotizaciones de los autónomos que tienen menos ingresos.

Por otro lado crea un sistema más justo, ya que el actual no tiene en cuenta ningún parámetro en la cotización, que puede ser igual para directivos con altos ingresos que hacen trabajos de consultoría con ingresos millonarios como para un autónomo o emprendedor sin recursos económicos y sin embargo la propuesta no incrementa la cotización a la gran mayoría que se encuentran en los términos medios de ingresos.

En este sentido, ambas organizaciones creen que la fórmula para poder establecer las modificaciones del sistema, sería a través de la creación de una Comisión de Expertos en materia de Seguridad Social, que desarrollen sus trabajos de forma paralela a los que se están haciendo en la subcomisión del RETA.

Igualmente, otro asunto de relevancia en la propuesta será la bonificación del 100% de la cuota de Seguridad Social para autónomos que estén en situación de incapacidad temporal. Es sin duda una magnifica medida social para nuestro colectivo, que tenemos que situar en la agenda de medidas urgentes y que constituye una de las históricas reivindicaciones.

Hay además que avanzar en detectar la situación del Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente a través del cruce de datos entre las administraciones de Hacienda y Seguridad Social, así como la posibilidad de establecer competencias en esta materia al Cuerpo de Inspección de Trabajo y Seguridad Social y un régimen sancionador por incumplimientos en materia de regulación y contrato de los TRADES. También habrá que Incluir el Registro Administrativo de los Acuerdos de Interés Profesional (AIP).

Igualmente sería conveniente establecer un sistema de incentivos fiscales para aquellos autónomos que quieran elevar su base de cotización a la Seguridad Social, por encima de la mínima, en las mismas condiciones que tienen las aportaciones a los planes de pensiones privados, todo ello en el marco de una potencial reforma del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

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