viernes, 13 de julio de 2018

Análisis de los aspectos éticos - deontológicos implicados en la práctica profesional Naturopática (1)

El artículo 8 del Código Deontológico de la Profesión Naturopática (CDPN) define los principios de la Profesión Naturopática en cuanto a su finalidad y objetivos así como a sus principios deontológicos:

El ejercicio de la Naturopatía se ordena a una finalidad humana, social y ecológica, que puede enunciarse en objetivos tales como: la calidad de vida, el bienestar, la salud, la plenitud del desarrollo de las personas y de los grupos sociales, en los distintas esferas de la vida individual, social y ecológica, la cultura de la salud. Puesto que el/la Naturópata no es el único profesional que persigue estos objetivos humanitarios y sociales, es conveniente y en algunos casos es precisa la colaboración interdisciplinar con otros profesionales, sin perjuicio de las competencias y saber de cada uno de ellos".

La profesión de Naturópata se rige por principios comunes a toda deontología profesional: respeto a la persona, protección de los derechos humanos, sentido de responsabilidad, honestidad, sinceridad para con los clientes, prudencia en la aplicación de instrumentos y técnicas, competencia profesional, consistencia de la fundamentación objetiva y científica de sus intervenciones profesionales”

Por tanto podemos destacar en este artículo los siguientes aspectos éticos – deontológicos implicado en la práctica profesional Naturopática:
  1. Finalidad humana, social y ecológica
  2. Respeto a la persona
  3. Protección de los derechos humanos
  4. Sentido de responsabilidad
  5. Honestidad
  6. Sinceridad para los clientes
  7. Prudencia en la aplicación de instrumentos y técnicas
  8. Competencia profesional
  9. Consistencia de la fundamentación objetiva y científicas de sus intervenciones profesionales

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