jueves, 25 de junio de 2026

Espacio Europeo de la Profesión Naturopática (III): investigación, deontología común y representación institucional

1. Introducción: los pilares que sostienen el reconocimiento

En los dos primeros artículos de esta serie se abordaron los fundamentos paradigmáticos y la armonización educativa (puntos 1‑3), así como la libre circulación de profesionales, el reconocimiento mutuo de cualificaciones, la regulación nacional y la creación de un registro europeo (puntos 4‑7). El presente artículo desarrolla los tres últimos puntos de la hoja de ruta del Espacio Europeo de la Profesión Naturopática (EEPN):

  • Punto 8: Impulso a la investigación en Naturopatía Basada en la Evidencia (NBE).
  • Punto 9: Desarrollo de un código deontológico europeo vinculante.
  • Punto 10: Participación activa de las asociaciones profesionales en los órganos consultivos de la UE.

Estos tres pilares son esenciales para que la Naturopatía sea reconocida como una profesión sanitaria autónoma en toda Europa. Sin investigación, no hay base científica que respalde la práctica; sin un código deontológico común, no hay garantía ética para los Salutantes; sin representación institucional, la voz de la profesión queda excluida de las decisiones que afectan a su futuro.

2. Octavo punto: impulso a la investigación en Naturopatía Basada en la Evidencia (NBE)

2.1. El estado actual de la investigación Naturopática

La Federación Mundial de Naturopatía (WNF) ha realizado un trabajo pionero en la recopilación y sistematización de la evidencia científica sobre la naturopatía. Entre sus logros más destacados se encuentra el Health Technology Assessment (HTA) sobre Naturopatía, una revisión exhaustiva que proporciona un resumen basado en la evidencia de la práctica, la seguridad, la eficacia y la economía de la atención Naturopática. El HTA fue desarrollado en consulta con grupos de interés internacionales, incluida la Organización Mundial de la Salud (OMS) , y ha sido diseñado como una herramienta valiosa para la colaboración interprofesional y la regulación.

La WNF también ha establecido un Grupo de Trabajo de Atención Clínica Naturopática (NCC Working Group), cuyo objetivo es establecer guías de práctica clínica basadas en la investigación que se mantengan fieles a los principios y teorías que guían la práctica Naturopática, y que sean aplicables a nivel mundial. Este grupo trabaja en colaboración con investigadores de renombre internacional, como el Dr. Kieran Cooley (CCNM, Canadá) y la Dra. Amie Steel (UTS, Australia).

2.2. La Naturopatía Basada en la Evidencia (NBE) como metodología propia

La Naturopatía Basada en la Evidencia (NBE) no es una mera adaptación de la medicina basada en la evidencia (MBE). Es una construcción epistemológica autónoma que reconoce la pluralidad de métodos de investigación necesarios para captar la complejidad de las intervenciones naturopáticas. La WNF ha promovido el desarrollo de guías de práctica clínica que reflejan la educación Naturopática, informan a otros profesionales de la salud sobre cómo la profesión aborda las condiciones de salud y ayudan en los esfuerzos de colaboración sanitaria.

La investigación en Naturopatía abarca tanto estudios cuantitativos (ensayos clínicos aleatorizados, estudios observacionales, revisiones sistemáticas) como cualitativos (estudios de caso, investigación-acción, fenomenología), que permiten explorar la experiencia del Salutante y los procesos de cambio. La Red de Investigación Naturopática (RINA) es una plataforma que articula a investigadores y profesionales para colaborar en proyectos de investigación, compartir recursos y difundir los resultados.

2.3. Propuestas de acción para el EEPN

Para consolidar la investigación Naturopática en Europa, CEPRONA trabaja para:

  1. Crear una red europea de investigación Naturopática que conecte a universidades, centros de investigación y clínicas de los Estados miembros, fomentando la colaboración en estudios multicéntricos.
  2. Promover la financiación de proyectos de investigación a través de programas europeos como Horizonte Europa, destacando el papel de la Naturopatía en la prevención y el manejo de enfermedades crónicas no transmisibles (ENT), que representan el 80% de la carga de morbilidad en Europa.
  3. Establecer un registro europeo de ensayos clínicos en Naturopatía para facilitar el acceso a los datos y evitar la duplicación de esfuerzos.
  4. Desarrollar guías de práctica clínica basadas en la evidencia (NCCGs) específicas para las condiciones más prevalentes en Europa, alineadas con los estándares de la OMS y adaptadas a la realidad de los diferentes países.
  5. Impulsar la publicación en revistas indexadas y la difusión de los resultados de investigación en congresos europeos y en plataformas de acceso abierto.

3. Noveno punto: desarrollo de un código deontológico europeo vinculante

3.1. La necesidad de una ética común

Uno de los elementos definitorios de una profesión madura es la existencia de un código deontológico que establezca las normas de conducta profesional, los principios éticos y las responsabilidades hacia los Salutantes, la sociedad y los propios colegas. La diversidad de marcos regulatorios en Europa ha dado lugar a una heterogeneidad de estándares éticos, lo que dificulta la confianza mutua y la movilidad profesional.

CEPRONA ha identificado esta necesidad y ha impulsado la elaboración de un código deontológico europeo basado en los principios de la WNF y en los códigos nacionales existentes (como el Código Deontológico de la Profesión Naturopática – CDPN de OCNFENACO).

3.2. El código deontológico europeo

CEPRONA ya ha elaborado un Código Deontológico Europeo de la Profesión Naturopática, que establece las reglas de conducta y los principios éticos a los que los Naturópatas deben someter su comportamiento, incluso fuera del ejercicio de su profesión. El código se inscribe como una referencia indispensable en los procesos de validación y reconocimiento oficial de la Naturopatía en cada Estado miembro.

Este código se fundamenta en los principios de la Declaración de Alma‑Ata (1978) y en la resolución de la Federación Mundial de Naturopatía (Paris 1981), primer código deontológico de la Profesión Naturopática (Juramento del Naturópata)

3.3. Integración con el sistema de certificación ISO 17024

El código deontológico europeo se ha integrado en el Procedimiento Marco Europeo de Certificación de Profesionales Naturópatas (P.N.E.), desarrollado por CEPRONA conforme a la norma ISO/IEC 17024:2012. Este procedimiento establece los requisitos para la certificación de la competencia de los profesionales, asegurando la coherencia, imparcialidad, uniformidad metodológica y competencia técnica. La certificación P.N.E. busca elevar el estándar profesional, proteger al consumidor y facilitar la movilidad del naturópata.

3.4. Propuestas de acción para el EEPN

Para consolidar un código deontológico europeo vinculante, CEPRONA está en proceso de:

  1. Actualizar el código deontológico europeo (UEN, 2013) para alinearlo con los principios de la WNF (dos filosofías, siete principios) y con los estándares de la OMS, así como incorporar los desarrollos recientes en la regulación de la profesión.
  2. Promover la adopción del código por parte de todas las asociaciones profesionales nacionales miembros de CEPRONA, estableciendo un mecanismo de supervisión y cumplimiento.
  3. Integrar el código en el sistema de certificación P.N.E., de modo que la certificación esté condicionada a la aceptación y cumplimiento del código deontológico.
  4. Establecer un comité europeo de ética que revise las denuncias y proponga sanciones en caso de incumplimiento, en coordinación con los comités nacionales.
  5. Difundir el código entre los profesionales, los Salutantes y las administraciones sanitarias, como una garantía de la calidad y la responsabilidad de la profesión.

4. Décimo punto: participación activa de las asociaciones profesionales en los órganos consultivos de la UE

4.1. La voz de la Naturopatía en las instituciones europeas

La Unión Europea dispone de diversos órganos consultivos en los que las organizaciones de la sociedad civil pueden participar y ser escuchadas. Entre ellos destacan:

  • El Comité Económico y Social Europeo (CESE), que emite dictámenes sobre políticas sanitarias, sociales y económicas. En 2025, el CESE adoptó un dictamen sobre “Un planeta sano para personas sanas: hacia un enfoque global de Una sola salud”, que aborda la interconexión entre la salud humana, animal y ambiental.
  • El Grupo Asesor Estratégico y Técnico sobre Medicina Tradicional, Complementaria e Integrativa (STAG-TM) de la OMS, creado en diciembre de 2025 para proporcionar asesoramiento estratégico, científico y técnico a la OMS en estas áreas.

4.2. La importancia de la representación institucional

La participación de la Naturopatía en estos órganos es crucial por varias razones:

  • Visibilidad: Permite que la profesión sea conocida y valorada por los responsables políticos.
  • Influencia: Permite contribuir a la elaboración de políticas que afectan a la práctica y a la regulación de la Naturopatía.
  • Colaboración: Permite establecer alianzas con otras profesiones de la salud y con organizaciones de pacientes.
  • Legitimidad: Demuestra que la Naturopatía es una profesión organizada, con estándares de calidad y comprometida con el interés público.

4.3. Propuestas de acción para el EEN

Para asegurar una participación efectiva, CEPRONA establece:

  1. Solicitar el estatus de entidad consultiva en el CESE, presentando una solicitud formal que incluya la documentación sobre la representatividad de CEPRONA, su estructura democrática y sus contribuciones a la salud pública.
  2. Designar un representante permanente ante la Comisión Europea y el Parlamento Europeo, para mantener un diálogo continuo con los eurodiputados y los funcionarios de la DG SANTE.
  3. Participar en el STAG-TM de la OMS (o en sus grupos de trabajo temáticos), aportando la perspectiva de la Naturopatía europea en áreas como la prevención de enfermedades crónicas, la salud mental y la integración de la Naturopatía en los sistemas sanitarios.
  4. Colaborar con otras organizaciones de la sociedad civil (asociaciones de pacientes, organizaciones de consumidores, sindicatos) para promover una visión común de la salud centrada en la persona.
  5. Organizar eventos europeos (congresos, seminarios, jornadas) que sirvan de plataforma para el diálogo entre profesionales, investigadores, responsables políticos y Salutantes.

5. Integración de los tres pilares: investigación, deontología y representación

La investigación, la deontología y la representación institucional son tres pilares interdependientes. Una investigación sólida proporciona la base científica para la práctica y para la defensa de la profesión. Un código deontológico vinculante garantiza que la práctica se ajusta a los más altos estándares éticos. La representación institucional permite que la voz de la profesión sea escuchada en los foros donde se toman las decisiones que afectan a su futuro.

CEPRONA, en colaboración con la WNF y las asociaciones nacionales (como OCNFENACO en España), ha comenzado a avanzar en estos tres frentes:

  • Investigación: El HTA de la WNF es una herramienta clave para demostrar la eficacia y la seguridad de la Naturopatía, y se ha utilizado para informar a los responsables políticos en varios países. El Grupo de Trabajo de Atención Clínica Naturopática (NCC) está desarrollando guías de práctica clínica basadas en la evidencia.
  • Deontología: El Código Deontológico Europeo de la Naturopatía (2013) y el sistema de certificación P.N.E. conforme a ISO/IEC 17024:2012 establecen un marco ético y de calidad común.
  • Representación: CEPRONA ha mantenido contactos con eurodiputados y ha presentado propuestas para la inclusión de la Naturopatía en la Directiva 2005/36/CE. También ha participado en congresos europeos y ha colaborado con otras organizaciones profesionales.

6. Conclusiones: hacia una profesión reconocida, unida y con futuro

El Espacio Europeo de la Profesión Naturopática (EEPN) es un proyecto ambicioso pero necesario. Los diez puntos desarrollados en esta serie de tres artículos constituyen una hoja de ruta para que la Naturopatía sea reconocida como una profesión sanitaria autónoma en toda Europa.

En este tercer artículo se han abordado los pilares que sostienen el reconocimiento profesional:

  • Investigación (NBE): La evidencia científica es la base para demostrar la eficacia, seguridad y coste‑efectividad de la atención Naturopática. El HTA de la WNF y las guías de práctica clínica en desarrollo son herramientas esenciales.
  • Código deontológico europeo: Un código común, vinculante y supervisado, garantiza la ética y la calidad de la práctica, y aumenta la confianza de los Salutantes y de las administraciones.
  • Participación institucional: La presencia activa en los órganos consultivos de la UE y de la OMS es indispensable para influir en las políticas sanitarias y para defender los intereses de la profesión.

Naturopatía, ahora más que nunca. La construcción del Espacio Europeo de la Profesión Naturopática es una tarea colectiva que requiere la implicación de todas las partes interesadas: asociaciones profesionales, instituciones educativas, investigadores y profesionales. Solo a través de la unidad y la colaboración podremos lograr que la Naturopatía ocupe el lugar que le corresponde en el marco de las Ciencias de la Salud.

Unidos por una ciencia autónoma, humana y ecológica.


Referencias

  • World Naturopathic Federation (WNF). Health Technology Assessment (HTA) on Naturopathy. worldnaturopathicfederation.org
  • World Naturopathic Federation (WNF). Naturopathic Clinical Care (NCC) Working Group.
  • Comité Europeo de la Profesión Naturopática (CEPRONA). *Marco Europeo Certificación Profesionales Naturópatas. ISO/IEC 17024:2012*.
  • Comité Europeo de la Profesión Naturopática (CEPRONA). Estrategia de Armonización Formativa: La Naturopatía y el Espacio Europeo de Educación Superior (EEES).
  • Organización Mundial de la Salud (OMS). Strategic and Technical Advisory Group on Traditional, Complementary and Integrative Medicine (STAG-TM). (2025).
  • Resolución del Parlamento Europeo sobre medicinas no convencionales (Collins/Lannoye), 29 de mayo de 1997.
  • Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales.
  • Organización Colegial Naturopática (OCNFENACO). Código Deontológico de la Profesión Naturopática (CDPN).
  • Grupo de Estudios para la Sistematización de la Naturopatía (GESNA). (2025). Fundamentos de Praxiología Naturopática.

Nota final: Este artículo ha sido redactado en el marco de la línea de investigación en Políticas Sanitarias y Regulación Profesional de la Red de Investigación Naturopática RINA, en diálogo con Naturopatía Digital y con el apoyo de la Organización Colegial Naturopática (OCNFENACO), la Federación Mundial de Naturopatía (WNF) y el Comité Europeo de la Profesión Naturopática (CEPRONA). Naturopatía, ahora más que nunca.

No hay comentarios:

Publicar un comentario