1. Introducción: un titular impreciso y una confusión recurrente
El pasado 11 de mayo de 2026, la Liga por la Libertad de Vacunación (LLV) publicó un artículo titulado “La libertad terapéutica”, en el que, partiendo de una crítica a los “escépticos” que atacan la homeopatía, defiende la diversidad de remedios y profesionales que ayudan a las personas enfermas. Entre los numerosos términos utilizados, aparecen “naturistas” (además de curanderos, sanadoras, masajistas, etc.). La LLV, que conoce la existencia de la Organización Colegial Naturopática (OCNFENACO), no menciona la Naturopatía como profesión regulada ni a los Profesionales Naturópatas Colegiados, y el texto puede inducir a pensar que en España existe una “falta de libertad terapéutica” para acceder a estos servicios.
Desde OCNFENACO, queremos realizar un análisis
crítico, desde el optimismo crítico, para:
- Aclarar
la situación legal y profesional de la Naturopatía en España, que goza
de plena libertad de ejercicio y reconocimiento laboral.
- Desmentir
cualquier insinuación de “falta de libertad terapéutica”, al menos en
lo que respecta a la Naturopatía.
- Señalar
la confusión terminológica que perjudica a la profesión y a los
ciudadanos.
- Reiterar
nuestra disposición al diálogo con la LLV y otras entidades para
informar correctamente sobre nuestra disciplina.
2. La Naturopatía en España: una profesión legal,
reconocida y con más de un siglo de historia
Contrariamente a lo que algunos puedan pensar, la
Naturopatía no es una actividad marginal ni de reciente aparición. Su práctica
legal en España se remonta a 1922, cuando se tienen constancia de
los primeros profesionales. En 1990, la actividad se regulariza
fiscal y laboralmente, con la inclusión de epígrafes específicos en el Impuesto
de Actividades Económicas (IAE). Desde entonces, los profesionales naturópatas
ejercen con plena legalidad, dados de alta en la Seguridad Social y cotizando
como autónomos o por cuenta ajena.
2.1. Hitos históricos de la profesionalización
|
Año |
Hito |
|
1922 |
Primeros profesionales naturópatas en España. |
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1981 |
Elaboración del primer Libro Blanco de la
Naturopatía, que incluye el primer plan de estudios estructurado. |
|
1984 |
Fundación de la primera entidad profesional que
agrupa a los Naturópatas (antecedente de la actual OCNFENACO). |
|
1990 |
Legalización de la práctica profesional con reconocimiento
fiscal (epígrafes 841 y 944 del IAE) y laboral. |
|
2010 |
OCNFENACO elabora el segundo Libro Blanco de la
Naturopatía, que recoge todos los documentos de autorregulación
profesional: Plan General de Ordenación del Sistema Educativo de la
Naturopatía (POGSEN), Código Deontológico, Estatuto Profesional, etc. |
|
2013 |
Publicación del Convenio Colectivo Estatal de
Naturopatía (BOE, código 8690), que regula las relaciones laborales
de los profesionales. |
Además, desde su fundación OCNFENACO ha mantenido una
interlocución activa con administraciones y partidos políticos, y ha
participado en comparecencias en el Parlamento portugués, entre otras acciones
internacionales.
2.2. No hay “falta de libertad terapéutica” para acceder
a la Naturopatía
Cualquier ciudadano español puede acudir libremente a
un Profesional Naturópata Colegiado en OCNFENACO, sin necesidad de
derivación médica (salvo que el propio profesional, por ética, derive al médico
si detecta signos de alarma). La consulta de Naturopatía es un servicio lícito,
no intrusivo, y los colegiados cuentan con:
- Formación
de grado (Programa Graduado en Naturopatía, PGN).
- Código
Deontológico (CDPN), que incluye el deber de derivación médica
(Art. 71).
- Seguro
de responsabilidad civil obligatorio.
- Supervisión
colegial (Comisión Deontológica).
Por tanto, hablar de “falta de libertad terapéutica” en
relación con la Naturopatía es un error o una falta de
conocimiento de la realidad legal española. Lo que existe es una falta
de regulación estatal como profesión sanitaria (no es lo mismo), pero eso no
impide el ejercicio profesional, que se ampara en la libertad de empresa y en
los convenios colectivos.
3. La confusión terminológica: “naturistas”, “curanderos”
y otros términos imprecisos
En el artículo de la LLV se mencionan, entre otros, a los
“naturistas”, junto con “curanderos”, “sanadoras” o “masajistas”. Esta mezcla
de términos es desafortunada y perjudicial para la
Naturopatía, porque:
- Equipara
a profesionales cualificados (Naturópatas colegiados) con prácticas no
reguladas o incluso ilegales (curanderismo, intrusismo).
- Invisibiliza
el trabajo de autorregulación que OCNFENACO ha llevado a cabo
durante décadas.
- Confunde
a la opinión pública, que no distingue entre un Naturópata (con
formación, ética y colegiación) y un “terapeuta natural” sin garantías.
La LLV conoce la existencia de OCNFENACO (como han
reconocido en conversaciones informales), pero el artículo elude
deliberadamente el término “Naturopatía” y utiliza “naturistas”, un vocablo
ambiguo y no profesional. Este hecho es especialmente llamativo porque la
propia LLV, al defender la “libertad terapéutica”, debería ser la primera en
reconocer las profesiones legalmente constituidas.
Desde OCNFENACO, rechazamos cualquier asociación de la
Naturopatía con el curanderismo o con prácticas no reguladas. Los
Profesionales Naturópatas Colegiados trabajan con fundamento científico, código
deontológico y derivación médica cuando es preciso.
4. Optimismo crítico: reconocemos el valor del pluralismo
terapéutico, pero exigimos rigor
Entendemos que la LLV quiere defender el derecho de los
ciudadanos a acceder a una amplia variedad de recursos terapéuticos, incluidos
los no farmacológicos. En ese sentido, compartimos la defensa del pluralismo
terapéutico y del derecho a elegir. Sin embargo, la defensa de la
libertad no puede hacerse a costa de la precisión terminológica ni de la
desinformación.
Nuestro optimismo crítico nos lleva a:
- Valorar
positivamente la intención de la LLV de destacar la utilidad de
diversas terapias (plantas, ejercicio, acupuntura, etc.).
- Señalar
con respeto, pero con firmeza la imprecisión y los posibles
efectos negativos de mezclar profesiones reguladas con otras no reguladas
o ilegales.
- Ofrecer
colaboración para que la LLV, en futuras publicaciones, utilice
la terminología correcta y difunda información ajustada a derecho sobre la
Naturopatía.
5. Oferta de colaboración: tendemos puentes, no muros
La Organización Colegial Naturopática (OCNFENACO) está
abierta e interesada en colaborar con la Liga por la Libertad de
Vacunación y con cualquier otra entidad que busque informar
correctamente sobre terapias y profesiones de la salud.
Propuestas concretas:
- Reunión
informativa entre representantes de OCNFENACO y la LLV para
explicar en detalle la formación, el código deontológico y el marco legal
de la Naturopatía.
- Elaboración
conjunta de un documento aclaratorio sobre qué es un Naturópata
Colegiado y en qué se diferencia de otras prácticas.
- Revisión
del artículo para sustituir “naturistas” por “Naturópatas
Colegiados” (cuando se refieran a estos profesionales) y para añadir una
nota aclaratoria sobre la existencia de OCNFENACO.
- Participación
en jornadas o mesas redondas sobre libertad terapéutica, donde la
Naturopatía pueda ser presentada con rigor.
Creemos que el diálogo y la colaboración entre entidades que
defienden la diversidad terapéutica es posible y deseable, siempre que se
respeten los hechos y la legalidad.
6. Conclusión: la Naturopatía tiene nombre, historia y
marco legal propio
La Naturopatía en España no es una actividad al margen de la
ley. Llevamos ejerciendo desde 1922, legalizados desde 1990,
autorregulados con libros blancos, códigos deontológicos y planes de
estudio desde 1981, y con un convenio colectivo estatal desde
2013. Los Profesionales Naturópatas Colegiados en OCNFENACO ofrecemos
servicios legales, seguros y basados en la evidencia, con el compromiso de
derivar al médico cuando es necesario.
Cualquier sugerencia de “falta de libertad terapéutica” en
relación con la Naturopatía es infundada. La libertad existe, y los
ciudadanos pueden acudir a nosotros con total normalidad. Otra cosa es que la
LLV o cualquier otra entidad prefiera usar términos imprecisos como
“naturistas”. Eso es una elección editorial que no se ajusta a la
realidad profesional y que perjudica a la profesión y a los
ciudadanos que buscan información fiable.
Desde OCNFENACO tendemos la mano a la LLV
para colaborar y mejorar la información. Porque la libertad terapéutica merece
ser defendida con rigor, no con confusión.
Naturopatía, ahora más que nunca. Con identidad, con
legalidad, con ética.
Referencias:
- Convenio
Colectivo Estatal de Naturopatía (BOE 2013, código 8690).
- Libro
Blanco de la Naturopatía (1981 y 2010).
- Código
Deontológico de la Profesión Naturopática (CDPN, OCNFENACO).
- Programa
Graduado en Naturopatía (PGN).
- Organización
Colegial Naturopática (OCNFENACO) – www.colegionaturopatas.es
Nota final: Este artículo ha sido redactado en
el marco de la línea de defensa profesional de la Organización Colegial
Naturopática (OCNFENACO) y del Grupo de Estudios para la Sistematización de la
Naturopatía (GESNA). Su objetivo es aclarar la situación legal de la
Naturopatía en España y tender puentes de colaboración con entidades que
defienden la libertad terapéutica. Naturopatía, ahora más que nunca.
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