lunes, 20 de julio de 2020

Desde la autorregulación responsable realizada por la Organización Colegial Naturopática entendemos que para ejercer la Profesión de Naturópata la persona debe poseer los conocimientos teóricos y prácticos propios de la misma, y obrar con la previsión y diligencia necesaria con ajuste a reglas y métodos pertinentes

La Naturopatía es una profesión con vocación de servicio altamente humana por lo tanto quien ha elegido ejercer la Profesión Naturopática tiene el deber de asumir un comportamiento de acuerdo con los principios de: solidaridad, respeto a la vida y al ser humano, considerándolo en su biodiversidad como parte y en interrelación con sus iguales y la naturaleza. Y como se recoge en el Estatuto General de la Naturopatía (1995) (art. 7)…”Ejerciendo su profesión, e igualmente en su vida privada, debe mostrar un comportamiento digno según el gran deber moral de su profesión; y descartar todo lo que pudiera ser perjudicial para la reputación de su profesión”.

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