Desde al Organización Colegial Naturopática FENACO, hemos elaborado el Código de Autorregulación Publicitaria de la Profesión Naturopática, habida cuenta que la demanda de los Servicios Profesionales de Naturopatía está aumentando y que los usuarios de estos Servicios están demandando una mayor calidad de las prestaciones. Hemos considerado necesaria y obligada la protección del usuario de los Servicios Profesionales de Naturopatía con una publicidad acorde con la legislación vigente y la deontología profesional Naturopática.
María Jesús Viedma, Secretaria General de la Organización Colegial Naturopática explica que “el Código de Autorregulación Publicitaria de la Profesión Naturopática tiene por objeto precisar los principios y reglas deontológico que debe observar la publicidad de los Servicios Profesionales de Naturopatía a las que se aplica este Código en beneficio del mercado, de los consumidores y del interés general, siempre de conformidad con la legislación aplicable en esta materia y sin perjuicio de las obligaciones derivadas del Código de Práctica Publicitaria de la Cámara de Comercio Internacional y de cualesquiera otras obligaciones deontológicas asumidas individual o colectivamente.
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