Introducción
La calidad de la formación en cualquier disciplina es directamente proporcional a la excelencia de su cuerpo docente. En el ámbito de la Naturopatía, una Ciencia de la Salud en constante evolución, la profesionalidad y la cualificación del profesorado son pilares fundamentales para asegurar que los futuros Naturópatas adquieran los conocimientos y competencias necesarios para un ejercicio ético y eficaz.
La Organización Colegial Naturopática OCNFENACO, consciente de esta necesidad, ha establecido un marco riguroso para la organización y funcionamiento de su Cuerpo del Profesorado de Naturopatía (CPN). Este artículo explora los aspectos clave de este reglamento, destacando su objeto, fines, medios, configuración, funcionamiento y el compromiso con la calidad que representa para la enseñanza de la Naturopatía.
1. Objeto y Regulación del CPN: Un Marco para la Excelencia Docente
El Reglamento del Cuerpo del Profesorado de Naturopatía (CPN) tiene como objeto principal definir y ordenar el CPN como instrumento de la OCNFENACO. Su propósito es agrupar a todo el profesorado de Naturopatía con el fin de participar en un proyecto común de enseñanza, estudiar y aplicar nuevas metodologías, y contribuir al progreso de la disciplina.
El CPN se rige por este Reglamento, los Estatutos de la OCNFENACO y las disposiciones aprobadas por su Junta de Gobierno, siempre dentro del marco del Ordenamiento Jurídico vigente. Es crucial destacar que el CPN carece de representatividad exclusiva y diferente, operando siempre bajo la subordinación jerárquica y funcional de la OCNFENACO, garantizando así la coherencia y unidad de la enseñanza de la Naturopatía.
2. Fines y Medios del CPN: Impulsando el Progreso de la Naturopatía
Los fines del Cuerpo del Profesorado de Naturopatía son amplios y ambiciosos, orientados a la mejora continua de la enseñanza y la investigación en la disciplina:
Agrupar y motivar al Profesorado de Naturopatía Colegiado FENACO para participar en un proyecto común de enseñanza.
Mantener la Naturopatía como un cuerpo común de conocimientos, evitando la escisión y disgregación de su contenido.
Contribuir al progreso de la enseñanza de la Ciencia y Profesión Naturopática.
Proponer, participar y discutir los currículos en la formación profesional, de grado, posgrado y máster, en el marco de la normativa europea, nacional y/o autonómica.
Estudiar, valorar, difundir y aplicar nuevas metodologías de enseñanza.
Conocer, adaptar y poner a punto sistemas de enseñanza Naturopáticos interactivos.
Promover y actualizar nuevas tecnologías y sistemas pedagógicos y docentes.
Preparar material docente y recursos para la enseñanza.
Mantener la relación con Centros Formativos y suministrarles profesionales formadores docentes Colegiados FENACO.
Facilitar y potenciar la investigación en Naturopatía.
Fomentar la formación continuada en metodologías docentes de sus miembros.
Cualquier otro fin relacionado con el progreso de la enseñanza de la Naturopatía, exceptuando los fines directamente lucrativos o políticos.
Proporcionar información y asistencia a sus miembros.
Para alcanzar estos fines, el CPN utiliza diversos medios, como la organización de cursos para la formación del Profesorado de Naturopatía (Curso de Capacitación Pedagógica CPN), la celebración de reuniones científicas, la participación en congresos, la organización de seminarios y la estimulación de la publicación de trabajos científicos sobre formación y docencia Naturopática.
3. Configuración y Funcionamiento: Un Escalafón de Excelencia
El CPN se estructura en diferentes categorías docentes, lo que permite reconocer la experiencia, la formación y la producción intelectual de sus miembros:
Profesor Titular: Requiere titulación de Máster en Naturopatía o ser Naturólogo, experiencia destacada en docencia e investigación, y una alta producción intelectual.
Profesor Asociado: Requiere titulación de Experto en Naturopatía, experiencia previa en docencia e investigación Naturopáticas (al menos 8 años) y una producción intelectual significativa.
Profesor Asistente: Requiere titulación de Graduado en Naturopatía, experiencia previa en docencia e investigación (al menos 3 años) y una producción intelectual relevante.
Profesor Ayudante: Requiere titulación de Técnico Naturopático y realiza tareas de colaboración docente e investigación.
Profesor Visitante: Profesores o investigadores nacionales o extranjeros de reconocido prestigio.
Profesor Emérito: Reconocimiento a méritos de especial relevancia en docencia, investigación o gestión.
El reglamento detalla los requisitos específicos para el ingreso en cada categoría, incluyendo la condición de Colegiado FENACO, la antigüedad, la titulación acreditativa y la producción intelectual. También se establecen los procesos para el ascenso en las categorías, que requieren acumular un puntaje mínimo y una permanencia mínima en la categoría inferior.
El CPN también contempla las condiciones para la baja forzosa (por incumplimiento de requisitos o faltas graves/muy graves), la baja voluntaria y la baja por excedencia, asegurando un marco claro para la gestión de sus miembros.
4. Funciones, Obligaciones y Derechos: La Responsabilidad del Docente Naturopático
Los miembros del CPN tienen funciones claras que contribuyen a la formación integral del estudiante de Naturopatía, como desarrollar la programación de asignaturas, realizar actividades de investigación y mantenerse al día en innovaciones pedagógicas y didácticas.
Asimismo, están sujetos a una serie de obligaciones fundamentales para mantener la calidad y el prestigio de la profesión:
Cumplir con los requisitos de ingreso y permanencia.
Seguir escrupulosamente el Código Deontológico de la Profesión Naturopática.
Cumplir con el ordenamiento jurídico vigente.
Evitar cualquier acción que ponga en entredicho su objetividad y prestigio, así como el de la OCNFENACO.
Presentar la producción intelectual requerida.
A cambio, los Colegiados FENACO miembros del CPN gozan de derechos como la posibilidad de exhibir el sello con el logo corporativo de la OCNFENACO en sus titulaciones, ser informados de su categoría, y optar a la Dirección del CPN, entre otros.
5. Régimen Disciplinario y Organización del CPN: Transparencia y Gobernanza
El reglamento establece un régimen disciplinario interno que clasifica las faltas en leves, graves y muy graves, con sus correspondientes sanciones. Este procedimiento garantiza la verificación del cumplimiento de las obligaciones de los miembros y la aplicación de medidas correctoras cuando sea necesario, siempre con la debida audiencia al afectado y la resolución por parte de la Junta de Gobierno de FENACO.
En cuanto a su organización, el CPN depende jerárquicamente de la Junta de Gobierno de la OCNFENACO. La Dirección del CPN es el órgano permanente de gobierno, elegido por la Junta de Gobierno entre los miembros del CPN. La Dirección del CPN tiene amplias funciones, incluyendo la regulación de aspectos generales del CPN, la propuesta de criterios de habilitación profesional, la resolución de admisiones de nuevos miembros, la información periódica a la Junta de Gobierno y la gestión del registro del profesorado.
6. Compromiso con la Calidad y la Ética
El reglamento del CPN también aborda aspectos como la confidencialidad de los trabajos formativos y los datos personales de los colegiados, el sistema de recursos para las decisiones de los órganos del CPN, y el arbitraje de conflictos para resolver discrepancias de manera interna.
Además, se especifica que el ejercicio profesional asociado se realiza a título personal, sin contemplar la inscripción de asociaciones o sociedades mercantiales en el CPN, lo que subraya el carácter individual y la responsabilidad del Naturópata.
Conclusión
El Cuerpo del Profesorado de Naturopatía (CPN) de la OCNFENACO es un pilar fundamental para la garantía de la calidad y la profesionalidad en la enseñanza de la Naturopatía. A través de su objeto, fines, medios, categorías, procesos de ingreso y ascenso, obligaciones, derechos y un riguroso régimen disciplinario, el CPN asegura que la formación impartida en los Centros Homologados FENACO esté a la altura de los más altos estándares.
Este marco regulatorio no solo beneficia a los estudiantes al proporcionarles una educación de excelencia, sino que también fortalece la identidad y el reconocimiento de la profesión Naturopática, contribuyendo al avance de esta Ciencia de la Salud y a la confianza de la sociedad en sus profesionales.

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