Resumen
Este artículo profundiza en la discusión sobre la terminología en el campo de la salud ("medicina con apellidos", "terapia con apellidos", "salud con apellidos") desde una perspectiva jurídica y profesional. Se examina si estos conceptos son equivalentes y si todos ellos pueden ser objeto de regulación profesional. Se argumenta que la "salud con apellidos" se refiere a enfoques filosóficos y no a profesiones, mientras que la "medicina con apellidos" puede dar lugar a especialidades médicas o profesiones distintas, y las "terapias con apellidos" suelen ser modalidades dentro de profesiones más amplias. Se destaca la posición única de la Naturopatía, que ya ha logrado el estatus de profesión en muchos países, integrando de forma inherente los principios de "natural", "holístico" e "integrativo".
Introducción: Del Paradigma al Marco Legal
El análisis previo sobre el "cambio de paradigma" y la "Babel" terminológica en el ámbito de la salud nos lleva a una cuestión fundamental: ¿cómo se traduce esta evolución conceptual al plano jurídico y profesional? Organismos como la Organización Mundial de la Salud (OMS) abogan por la integración y regulación de las prácticas de salud complementarias y tradicionales, lo que inevitablemente plantea desafíos sobre la definición, el alcance y la profesionalización de las diversas disciplinas. Este artículo abordará si "medicina con apellidos", "terapia con apellidos" y "salud con apellidos" son jurídicamente equivalentes y cómo pueden o no ser profesionalizadas, con un enfoque particular en las implicaciones para la Naturopatía.
1. ¿Es lo mismo "Medicina con Apellidos", "Terapia con Apellidos" y "Salud con Apellidos"?
Desde una perspectiva conceptual y, crucialmente, jurídica, estos términos no son equivalentes y su diferenciación es esencial para cualquier intento de regulación profesional.
a) "Medicina con Apellidos" (e.j., Medicina Natural, Medicina Integrativa)
Estos términos suelen referirse a sistemas de atención sanitaria o enfoques globales que abarcan diagnóstico, tratamiento, prevención y promoción de la salud. Implican una filosofía subyacente y un cuerpo de conocimientos y prácticas que buscan abordar la salud y la enfermedad desde una perspectiva particular.
Implicación Jurídica: Cuando se habla de "Medicina Natural" o "Medicina Integrativa", se puede estar haciendo referencia a:
Una especialidad médica: Si se considera que los médicos pueden adquirir formación adicional en estos enfoques y aplicarlos dentro de su práctica médica regulada (ej., un médico alópata que se especializa en medicina integrativa).
Una profesión sanitaria distinta: Si el cuerpo de conocimientos, la formación, la metodología diagnóstica y el ámbito de práctica son lo suficientemente diferenciados de la medicina convencional como para justificar una profesión autónoma (ej., la Medicina Tradicional China, la Medicina Ayurvédica o, en algunos contextos, la Naturopatía).
b) "Terapia con Apellidos" (e.j., Terapia Natural, Terapia Holística, Fitoterapia, Hidroterapia)
Estos términos, en general, se refieren a modalidades o técnicas específicas de intervención que se utilizan para promover la salud o tratar afecciones. Son herramientas o procedimientos.
Implicación Jurídica: La regulación de las "terapias con apellidos" es más compleja porque, en sí mismas, rara vez constituyen una profesión completa. Más bien, son:
Actos profesionales: Son prácticas que pueden ser realizadas por diversos profesionales de la salud dentro de su ámbito de competencia (ej., un fisioterapeuta que aplica hidroterapia, un médico que prescribe fitofármacos).
Parte de una profesión más amplia: Muchas de estas terapias son componentes de una profesión sanitaria más global (ej., la fitoterapia es una modalidad fundamental dentro de la Naturopatía).
Profesiones autónomas (en casos específicos): Solo si una "terapia" en particular ha desarrollado un cuerpo de conocimientos, una formación rigurosa y un ámbito de práctica tan amplio que constituye un sistema de atención completo (ej., la osteopatía o la quiropráctica en algunos países, o la acupuntura). Sin embargo, legalizar cada "terapia" individualmente sería inviable y fragmentaría excesivamente el panorama profesional.
c) "Salud con Apellidos" (e.g., Salud Natural, Salud Holística, Salud Integrativa)
Estos conceptos no se refieren a profesiones ni a técnicas, sino a filosofías, enfoques o paradigmas sobre el bienestar y la forma de abordarlo. Describen una visión de lo que significa estar sano y cómo se logra y mantiene ese estado.
Implicación Jurídica: La "salud con apellidos" no puede ser profesionalizada en sí misma porque no es una profesión. Sin embargo, estos enfoques son cruciales porque:
Informan la práctica profesional: Son los principios rectores que guían a los profesionales de la salud en su ejercicio, independientemente de su disciplina específica.
Impulsan la demanda y la evolución: Son el motor detrás de la búsqueda de nuevos modelos de atención que satisfagan las necesidades de los pacientes y las limitaciones del paradigma biomédico.
2. ¿Se puede pasar al plano jurídico profesionalmente hablando todas ellas?
La respuesta es que no, no todas pueden ser profesionalizadas de la misma manera, y algunas directamente no pueden serlo.
"Salud con apellidos": Imposible profesionalizar. Como se ha señalado, estos son conceptos filosóficos o modelos de comprensión de la salud. No se puede tener una "profesión de salud holística" en el mismo sentido que se tiene una profesión médica o de enfermería. Estos conceptos deben permear y enriquecer las profesiones existentes o emergentes.
"Terapia con apellidos": Dificultad en la profesionalización individual. La legalización de cada "terapia" de forma aislada es, como bien apunta el usuario, "difícil, mejor imposible". Esto llevaría a una atomización insostenible del sistema sanitario, con cientos de pequeñas "profesiones" con ámbitos de práctica muy limitados. La tendencia regulatoria, cuando se aborda la regulación de técnicas, es integrarlas dentro del ámbito de competencia de profesiones más amplias o reconocer sistemas completos de atención que incluyen múltiples terapias.
"Medicina con apellidos": Viable, pero con matices.
Como especialidad médica: Es el camino más directo para la integración en los sistemas sanitarios existentes. Un médico puede formarse en "Medicina Integrativa" y aplicarla, pero seguiría siendo un médico. Esto no crea una nueva profesión, sino una nueva área de especialización dentro de una ya existente.
Como profesión distinta: Requiere un proceso mucho más complejo de reconocimiento, que implica la definición de un perfil profesional único, un plan de estudios universitario o de alto nivel, un sistema de colegiación o registro, y un ámbito de práctica claramente delimitado que no invada competencias de otras profesiones sin la formación adecuada.
3. La Naturopatía: Una Profesión ya Establecida en el Marco Jurídico
Aquí es donde la Naturopatía se distingue de manera crucial. A diferencia de las "terapias con apellidos" que son modalidades, o de la "salud con apellidos" que son filosofías, la Naturopatía es un sistema completo de atención sanitaria que ya ha logrado el estatus de profesión sanitaria autónoma en numerosos países a nivel global (ej., Estados Unidos, Canadá, Australia, Reino Unido, Portugal, Chile, entre otros).
No es una especialidad médica: La Naturopatía no es una "especialidad de la medicina". Es una profesión con su propia epistemología, metodología diagnóstica (ej., evaluación naturopática, dialógica completa), y un amplio abanico de modalidades salutogénicas (fitología, nutrición, hidrohigiene, etc.) que se aplican bajo una filosofía unificada (el poder regenerativo de la naturaleza, la identificación de los procesos subyacentes, la educación para la salud).
Integración inherente de conceptos: La Naturopatía, por su propia definición y principios, es intrínsecamente "natural", "holística" e "integrativa". No necesita añadir estos "apellidos" para definirse, ya que son parte de su esencia. Su enfoque es inherentemente integral, buscando la salud en todas sus dimensiones y utilizando métodos que respetan la fisiología natural del cuerpo.
Desafío de la regulación: El desafío para la Naturopatía en los países donde aún no está plenamente reconocida es lograr que su estatus de profesión sanitaria autónoma sea comprendido y legislado. Esto implica educar a los legisladores sobre su rigor formativo, su código deontológico, su ámbito de práctica y su contribución a la salud pública.
Conclusión
La "Babel" terminológica en el campo de la salud refleja una evolución conceptual y una creciente demanda de enfoques más amplios. Sin embargo, al pasar al plano jurídico y profesional, es imperativo distinguir entre:
Filosofías/Enfoques de Salud ("Salud con apellidos"): Que informan la práctica pero no son profesiones.
Modalidades/Técnicas Terapéuticas ("Terapia con apellidos"): Que suelen ser parte del ámbito de práctica de profesiones más amplias o, en casos excepcionales, profesiones muy específicas.
Sistemas de Atención Sanitaria/Profesiones ("Medicina con apellidos"): Que pueden ser especialidades de profesiones existentes o, si son suficientemente diferenciadas y completas, profesiones autónomas.
La Naturopatía se inscribe en esta última categoría. No es una "medicina con apellidos" que necesite ser una especialidad de la medicina, ni una "terapia con apellidos" que deba ser regulada individualmente. Es una profesión autónoma y completa, que ya encarna los principios de lo natural, holístico e integrativo. El camino hacia su pleno reconocimiento jurídico en todos los países hispanoamericanos pasa por la comprensión de su identidad profesional única y su capacidad para contribuir significativamente a los sistemas de salud, ofreciendo un modelo de atención centrado en la promoción de la salud y la reducción de riesgos de problemas de salud desde una perspectiva integral, integrativa, holística)

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