La discusión sobre la categorización de la Naturopatía no es meramente académica; tiene implicaciones directas y tangibles en el ámbito profesional y legal, especialmente en países donde su ejercicio está regulado. En España, por ejemplo, la Naturopatía ostenta una legalización profesional desde 1990, un hito que subraya su estatus como una profesión de la salud distinta y autónoma. Esta realidad legislativa choca frontalmente con la tendencia de algunos organismos internacionales, como la OMS, de agruparla bajo el paraguas de "Medicinas Tradicionales" (MT). Esta categorización, aunque aparentemente inofensiva, se convierte en un fantasma semántico peligroso que puede inducir a errores legales y profesionales.
En España, la legislación es clara: solo
existe una medicina, con sus correspondientes especialidades médicas legalmente
establecidas. El artículo 403 del Código Penal tipifica como delito el
ejercicio de actos propios de una profesión sin la titulación académica oficial
exigida para ello, lo que comúnmente se conoce como intrusismo profesional.
Por lo tanto, ejercer como "médico tradicional" o asumir cualquier
denominación que sugiera la práctica de la medicina sin la titulación médica
oficial, sería un delito. La creación de una especialidad médica sigue un
proceso riguroso y específico recogido en la Ley de Ordenación de las
Profesiones Sanitarias (LOPS). La Naturopatía, al no ser una especialidad
médica ni pretender serlo, no puede ni debe ser confundida con ella.
Mantener la nomenclatura de "medicina
tradicional" para referirse a la Naturopatía en el contexto español no
solo es una imprecisión conceptual, sino que también afecta directamente la
estabilidad y el reconocimiento de los puestos de trabajo de los profesionales
Naturópatas. Esta ambigüedad puede generar confusión entre el público y las
autoridades, dificultando la distinción entre un profesional cualificado en
Naturopatía y un posible caso de intrusismo. La terminología es crucial para la
taxonomía y la nomenclatura profesional, y en un entorno legalizado como el
español, es imperativo que las categorías reflejen la realidad jurídica y
profesional.
En consecuencia, el hecho de que organizaciones
supranacionales empleen una terminología que no se ajusta a las legislaciones
nacionales puede generar un efecto de inducción al delito de intrusismo,
al menos tangencialmente. Es fundamental que la Naturopatía sea reconocida por
lo que es: una profesión ( en España no-sanitaria) , con su propio corpus de
conocimientos, formación y ámbito de actuación legalmente delimitado.
Insistir en englobarla bajo la etiqueta de "Medicina Tradicional" es
ignorar su evolución, su integración científica y, lo más importante, su
estatus legal y el reconocimiento de sus profesionales en muchos países.
Más información en www.colegionaturopatas.es
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