viernes, 17 de marzo de 2017

Dos razones básicas para la regulación de la Naturopatía: el Derecho del trabajador al reconocimiento de su competencia profesional, y el Derecho del usuario / consumidor a la protección de su salud o seguridad

La Organización Colegial Naturopática, representada por su Presidente, Manuel Navarro; Alfredo Abascal, Consejero Delegado, y por Isabel Piñeiro, Directora General, realizan en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte el seguimiento oportuno del Proyecto de Regulación Profesional de la Naturopatía presentado en el INCUAL.

Desde la Organización Colegial Naturopática, el Presidente, Manuel Navarro, considera que tras la publicación del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, ya no existe ninguna excusa para que la profesión Naturopática tenga su reconocimiento profesional. Solo falta la voluntad política para que se haga realidad.

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones y de la formación profesional, establece en el artículo 8, que los certificados de profesionalidad acreditan las cualificaciones profesionales correspondientes, y que el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral se acreditarán y se evaluarán, parcial o totalmente, con la finalidad de obtener el título o certificado de profesionalidad correspondiente.

En el mismo artículo 8 de la citada Ley, en su apartado 4, se indica que el Gobierno, previa consulta al Consejo General de la Formación Profesional, fijará los requisitos y procedimientos para la evaluación y la acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral, así como los efectos de las mismas.

Con fecha 25 de agosto de 2009, se ha publicado el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.

Este Real Decreto tiene por objeto establecer el procedimiento y los requisitos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, así como los efectos de esa evaluación y acreditación de competencias, y tiene alcance y validez en todo el territorio del Estado.

Los fines del procedimiento que se regula en este Real Decreto son:
  • Evaluar las competencias profesionales que poseen las personas, adquiridas a través de la experiencia laboral y otras vías no formales de formación, mediante procedimientos y metodologías comunes que garanticen la validez, fiabilidad, objetividad y rigor técnico de la evaluación. 
  • Acreditar oficialmente las competencias profesionales, favoreciendo su puesta en valor con el fin de facilitar tanto la inserción e integración laboral y la libre circulación en el mercado de trabajo, como la progresión personal y profesional.
  • Facilitar a las personas el aprendizaje a lo largo de la vida y el incremento de su cualificación profesional, ofreciendo oportunidades para la obtención de una acreditación parcial acumulable, con la finalidad de completar la formación conducente a la obtención del correspondiente título de formación profesional o certificado de profesionalidad. 
Ante el proyecto de regulación mediante la otorgación de la Cualificación Profesional, la Organización Colegial Naturopática exige que la regulación profesional se realice teniendo en cuenta las reivindicaciones históricas profesionales y laborales de los Naturópatas que venimos ejerciendo en España desde 1922. Por tanto, la Organización Colegial Naturopática seguirá realizando las acciones oportunas para que el reconocimiento de nuestra actividad profesional sea factible los antes posible ya que ello repercutirá favorablemente en la estabilidad laboral y en el desarrollo profesional, así como en garantías para el usuario de los Servicios Profesionales de Naturopatía. Argumentando dos razones básicas: el Derecho del trabajador al reconocimiento de su competencia profesional, y el Derecho del usuario / consumidor a la protección de su salud o seguridad.

La Organización Colegial Naturopática, cuenta con una implantación mayoritaria en el sector Naturopático y se fundamenta en la defensa de la Naturopatía, tanto de la profesión como de los profesionales que la ejercen. Todos los profesionales Naturópatas tenemos que trabajar desde nuestro ámbito profesional, sin importar cual es la herramienta que utilicemos (quiromasaje, acupuntura, osteopatía, shiatsu, homeopatía, reflexología, iridología, herbología, esencias florales....) para hacer realidad nuestras reivindicaciones históricas.

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